miércoles, 30 de enero de 2008

SECUESTRO

SECUESTROS.


Secuestrar significa retener, decomisar, incautar, llevar, desposeer, quitar, despojar, y de acuerdo al artículo 176 del Código de Procedimientos recae en las cosas relacionadas con el delito o que puedan servir como medio de prueba. Consiste en la retención de las cosas, realizada por el funcionario judicial.
El Código Civil denomina cosa a todo objeto material susceptible de tener un valor. Los objetos materiales se denominan bienes muebles, son los que por si mismos o mediante una fuerza externa son movibles y transportables de un lado a otro. De esta definición se desprende que se considera bien mueble a los semovientes.
Bien semoviente: este concepto es aplicado a los animales, pues son los únicos que pueden moverse por si mismos y se refiere a ganado de cualquier especie.
El secuestro pone un límite al derecho de propiedad, que se entiende como la facultad de gozar y disponer de una cosa. Cuando un objeto es secuestrado, su propietario o poseedor no puede gozar ni disponer del mismo. Incluso puede perder el derecho a la propiedad en virtud de lo establecido en el artículo 23 del Código Penal, que dice “la condena importa la pérdida de las cosas que han servido para cometer el hecho y de las cosas o ganancias que son el producto o el provecho del delito”.
El procedimiento está a cargo del Juez de Instrucción en lo Criminal y Correccional, quien puede delegar la medida a un funcionario policial. Los elementos que se pueden secuestrar son:

* Cosas determinadas que se conocen previamente o se supone que existen en un lugar determinado.
* También se puede inspeccionar un lugar para asegurar una cosa que no se tiene certeza de que se trata.
* Cosas relacionadas con el delito o que puedan servir como medio de prueba.
Las cosas secuestradas deben ser descritas en el acta, haciendo constar todos los detalles de las mismas, incluyendo características, estado de conservación, etc.; también tienen que ser inventariadas y colocadas bajo segura custodia a disposición del juez. En los casos necesarios, el juez podrá disponer el depósito del secuestro, generalmente al propietario o a una tercera persona.
Cuando el Juez delega la tarea de proceder al secuestro a un funcionario policial, lo hace mediante un oficio que dispone por lo general el allanamiento de una morada para llevar a cabo la medida.

SECUESTRO SIN ORDEN JUDICIAL:
El artículo 133 del Código de Procedimientos en lo Criminal y Correccional de la Provincia establece las obligaciones de los funcionarios de policía, entre ellas en el inciso 5º determina la obligación de “Recoger las pruebas y demás antecedentes que puedan adquirirse en los momentos de la ejecución del hecho”. En el artículo 134 se establecen las facultades del policía para cumplir las obligaciones del artículo anterior, en el inciso 3º dice que corresponde a los funcionarios de policía “secuestrar los instrumentos del delito o cualesquiera otros que puedan servir para el objeto de las indagaciones”. En estas circunstancias, el funcionario policial realiza el secuestro en el lugar del hecho sin orden escrita del magistrado competente.








MODELO DE ACTA DE SECUESTRO REALIZADO EN EL LUGAR DEL HECHO SIN ORDEN JUDICIAL

ACTA DE SECUESTRO

En ..................... de la provincia de Santiago del Estero, a los ........... días de ............del año ........., siendo la hora.............. el suscrito ............................., acompañado por ...................................... se constituyen en ......................................, lugar donde a primera vista se ha cometido un hecho supuestamente de carácter delictivo de acción pública que motiva la intervención policial, caratulado ................................ y del que se dará participación a S.S. Juez de Instrucción en lo Criminal y Correccional de .................... nominación. Para llevar a cabo el presente acto se requiere la presencia de los siguientes testigos hábiles......................... de nacionalidad........... de ..........años, estado civil .........., de ocupación ............ , con domicilio en ........................, identidad que acredita con D.N.I. Nº................ y ........................, de nacionalidad ............, de ..............años, estado civil .........., de ocupación ........, con domicilio en ..................., identidad que acredita con D.N.I. Nº ......................., quienes son informados de la diligencia que se va a realizar e impuestos de las penalidades establecidas para el falso testimonio en el artículo 275 del Código Penal Argentino, los mismos manifiestan que no tienen impedimentos legales para el acto. A continuación, de acuerdo con lo estatuido en el artículo 134 inciso 3º del Código de Procedimientos en lo Criminal y Correccional de la Provincia de Santiago del Estero; se procede al SECUESTRO de los siguientes elementos: ................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................... los cuales quedan afectados a las actuaciones que se instruyen con motivo del presente hecho. No habiendo otra diligencia que realizar, se da por finalizado el presente acto, realizado sin violencia en las personas ni en las cosas. Previa lectura dada por los intervinientes, se enteran y ratifican del contenido de la presente, no tienen nada mas que agregar, quitar ni enmendar y firman al pié para constancia.


MODELO DE ACTA DE ALLANAMIENTO CON SECUESTRO

En .............. de la provincia de Santiago del Estero, a los ....... días de ........... del año ................., siendo la hora ............, el suscrito ..........................................., acompañado por ......................................, se constituyen en .................................... con el objeto de realizar un allanamiento para proceder al secuestro de elementos inherentes a la presente causa, medida dispuesta por S.S. Juez de Instrucción en lo Criminal y Correccional de .........nominación, Dr..............., mediante oficio Nº .......... de fecha ........... De acuerdo con lo establecido en artículo 51 de la Constitución y 169 y concordantes del Código de Procedimientos en lo Criminal y Correccional de la Provincia, se requiere la presencia de los testigos siguientes hábiles : ........................ de nacionalidad........... de ..........años, estado civil .........., de ocupación ............ , con domicilio en ........................, identidad que acredita con D.N.I. Nº................ y ........................, de nacionalidad ............, de ..............años, estado civil .........., de ocupación ........, con domicilio en ..................., identidad que acredita con D.N.I. Nº ......................., quienes son informados de la diligencia que se va a realizar e impuestos de las penalidades establecidas para el falso testimonio en el artículo 275 del Código Penal Argentino, los mismos manifiestan que no tienen impedimentos legales para el acto. Seguidamente llamamos a dicho lugar y somos atendidos por una persona que dice llamarse .................... de nacionalidad .............., de estado civil............., de ocupación ............... domiciliado en ..........................., quien acredita su identidad con ....................Nº ....................................., a quien interiorizamos de la diligencia a practicar y nos permite el acceso al lugar sin ejercer violencia en las cosas. Acto seguido, se procede a inspeccionar ........................................................... procediéndose al secuestro de los siguientes elementos: ................................................................................... No habiendo otra diligencia que realizar, se da por concluido la presente diligencia siendo la hora ............................ sin haberse ejercido violencia ni en las personas ni en las cosas, previa lectura dada por los intervinientes, se ratifican íntegramente del contenido de la presente y firman al pie para constancia todas las personas que se mencionan.

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